Sirve para describir una construcción empezada o terminada, acreditando que cumple los requisitos legales.
Una vez firmada la escritura, podemos gestionar los impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Documentación necesaria
Generales
- DNI. En caso de extranjeros: permiso de residencia, carta de identidad de la UE o pasaporte vigentes y NIE (podemos obtenerlo en la Notaría).
- En caso de firmar por poderes, poder original (apostillado en caso de poderes extranjeros y traducidos salvo que estén en inglés o francés).
- En caso de firmar una empresa, escritura de poder o de nombramiento del administrador/a. Para empresas extranjeras, extracto vigente de la Cámara de Comercio de su país, apostillado y, salvo que esté en francés o inglés, traducido.
- Última escritura de la propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Recibo del IBI (“contribución”).
Para obras terminadas hace más de seis años.
- Certificado catastral (puede obtenerlo la Notaría) o certificado técnico describiendo la obra.
- Coordenadas gráficas del edificio en formato GML (si están en el Catastro, puede obtenerlo la Notaría).
- Seguro decenal (sólo para viviendas, salvo que sea de uso propio o con más de diez años de antigüedad).
Para obras terminadas hace menos de seis años:
- Licencia de obras.
- Licencia de 1ª ocupación (sólo para viviendas).
- Cédula de habitabilidad (sólo para viviendas).
- Certificado de Eficiencia Energética (sólo para viviendas).
- Seguro decenal (sólo para viviendas, salvo que sea de uso propio o con más de diez años de antigüedad).
- Certificado técnico describiendo la obra.
- Certificado técnico de final de obra.
- Coordenadas gráficas del edificio en formato GML.
- Libro del Edificio en formato PDF.
Para obras en construcción:
- Licencia municipal de obras.
- Certificado técnico describiendo la obra.
Gastos
Depende del coste de la construcción.
- Notaría.
- Impuesto: 1,5%.
- Registro de la Propiedad.
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