Certificado sucesorio europeo

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Es un documento que permite acreditar en todos los países de la Unión Europea, sin necesidad de traducción ni apostilla, que una persona es heredera de otra que ha fallecido.

Es un instrumento muy útil en caso de personas que han fallecido residiendo en España, pero con bienes en el extranjero.

Documentación necesaria

  • DNI. EN caso de extranjeros: permiso de residencia, carta de identidad de la UE o pasaporte vigentes.
  • Certificado de defunción (Registro Civil).
  • Certificado del Registro de últimas voluntades (puede obtenerlo la Notaría).
  • Certificado del Registro de Seguros de Vida (puede obtenerlo la Notaría).
  • Testamento español, en caso de existir (puede obtenerlo la Notaría).
  • Datos de los bienes situados en el extranjero que se desean incluir en el certificado (inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, acciones, seguros, etc.).

Gastos

El único coste es la Notaría, que asciende normalmente entre 200 y 300 euros, dependiendo del número de documentos que sea necesario adjuntar.